¿De quién son los datos del semillero? Usar datos, instrumentos y resultados del grupo en tu trabajo de grado (2026)

La pregunta está mal planteada, y por eso nadie la resuelve. Los datos en bruto —una columna de edades, una serie de mediciones, la lista de respuestas de una encuesta— no son «obra» y no tienen dueño en el sentido del derecho de autor. Lo que sí está protegido es el instrumento con el que se recogieron, la base cuando su organización es una creación original, y el texto que alguien escribió con ellos. Todo lo demás —quién puede usarlos, para qué, hasta cuándo y con qué crédito— lo decide un acuerdo, no una ley.

Es una distinción incómoda porque quita la respuesta fácil, pero es la única que te sirve cuando el director te dice «usa los datos del proyecto» y seis meses después alguien reclama. Vamos por partes.

Tres cosas distintas que llamamos «los datos»

  • Los datos en bruto. Hechos y mediciones. No los protege el derecho de autor, que ampara formas de expresión y no información. Que no estén protegidos no significa que puedas tomarlos: significa que el límite viene de otro lado, de quién los custodia y de qué autorizó quien los entregó.
  • El instrumento y la base organizada. Un cuestionario, una guía de entrevista, una rúbrica o una base cuya selección y organización es original sí son obra. La Ley 23 de 1982 protege como obras independientes, en su artículo 5 literal B, «las obras colectivas, tales como las publicaciones periódicas, antologías, diccionarios y similares, cuando el método o sistema de selección o de organización de las distintas partes u obras que en ellas intervienen constituye una creación original».
  • Los textos y análisis ya escritos. Un informe previo del semillero, la sección de métodos de un proyecto, la revisión de literatura que hizo otro estudiante. Eso es obra ajena y copiarlo sin cita es plagio, aunque pertenezca a tu propio grupo.

El tercer punto sorprende a mucha gente. Reutilizar párrafos del proyecto marco «porque es de todos» es exactamente la conducta que describe el artículo sobre el autoplagio en el trabajo de grado, con el agravante de que aquí el texto ni siquiera es tuyo.

Qué dice la ley colombiana y qué no dice

Cuatro artículos de la Ley 23 de 1982 marcan el terreno. Vale la pena leerlos con el caso del semillero en la cabeza.

Cómo se clasifica lo que hicieron entre varios (artículo 8). La ley distingue la «obra individual», producida por una sola persona natural; la «obra en colaboración», «la que sea producida, conjuntamente, por dos o más personas naturales cuyos aportes no puedan ser separados»; y la «obra colectiva», «la que sea producida por un grupo de autores, por iniciativa y bajo la orientación de una persona natural o jurídica que la coordine, divulgue y publique bajo su nombre». La diferencia importa: en la colectiva, la titularidad se concentra en quien coordina y publica.

Qué pasa con tu parte (artículo 18). «Para que haya colaboración no basta que la obra sea trabajo de varios colaboradores; es preciso, además, que la titularidad del derecho de autor no pueda dividirse sin alterar la naturaleza de la obra. Ninguno de los colaboradores podrá disponer libremente de la parte con que contribuyó, cuando así se hubiere estipulado expresamente al iniciarse la obra común.» Es decir: si al empezar el proyecto se estipuló ese límite, no puedes sacar tu pedazo y publicarlo aparte por tu cuenta.

Si te contrataron para hacerlo (artículo 20, modificado por el artículo 28 de la Ley 1450 de 2011). Cuando uno o varios autores elaboran una obra «mediante contrato de servicios», «según plan señalado» por otra persona y por cuenta y riesgo de esta, solo perciben los honorarios pactados y «se entiende que el autor o autores transfieren los derechos sobre la obra». Este es el escenario de la monitoría o el contrato de apoyo a la investigación, y explica por qué a un monitor remunerado no le pertenece automáticamente lo que produjo dentro del proyecto.

Lo que nadie te puede quitar (artículo 30). El autor conserva un derecho «perpetuo, inalienable e irrenunciable» a reivindicar la paternidad de su obra y a oponerse a deformaciones que perjudiquen su honor o reputación. El propio artículo 20 lo confirma: aun transfiriendo los derechos patrimoniales, el autor conserva esas prerrogativas. El crédito no se cede ni se pierde por contrato.

Lo que la ley no dice, y hay que decirlo con todas las letras: no hay ninguna norma que responda «los datos del semillero son de X». Esa respuesta sale del acuerdo del grupo, del contrato de financiación si lo hay y del reglamento de propiedad intelectual de tu universidad.

Disco externo, hoja de acuerdo de uso de datos con línea de firma y portátil con una hoja de cálculo

El acuerdo que debería existir y casi nunca existe

Es un correo, no un contrato. Antes de tocar la base, escribe al director y al coordinador del grupo con estos siete puntos y pide que respondan confirmando:

  1. Qué subconjunto vas a usar exactamente: variables, periodo, población.
  2. Para qué: solo tu trabajo de grado, o también un artículo posterior.
  3. Hasta cuándo tienes autorización de uso y qué haces con la copia al terminar.
  4. Cómo se cita el origen de los datos y qué crédito lleva el proyecto o la entidad financiadora.
  5. Quién firma qué si de tu trabajo sale una publicación.
  6. Si hay embargo o restricción de publicación, y por cuánto tiempo.
  7. Quién es el responsable del tratamiento de los datos personales, si los hay.

El punto 4 tiene consecuencias formales: si el proyecto tiene financiación externa, esa relación probablemente deba declararse en tu documento igual que cualquier otro conflicto de intereses o fuente de financiación. Y el punto 5 es el que evita la conversación desagradable dos años después.

Datos de personas: la capa que no se negocia

Si la base contiene información de personas identificables, hay un límite que el grupo no puede levantarte por correo. En Colombia el tratamiento de datos personales está regulado por la Ley 1581 de 2012, y lo determinante es para qué autorizaron los titulares cuando entregaron su información.

La pregunta correcta no es «¿me deja el profesor?», sino «¿el consentimiento que firmaron esas personas cubre este nuevo uso?». Si el formato decía que los datos se usarían en el proyecto X, usarlos en tu trabajo de grado es un uso distinto salvo que el consentimiento lo previera. Hay tres salidas razonables: trabajar con datos anonimizados de manera irreversible, pedir al comité de ética un concepto sobre el uso secundario, o volver a los participantes. El detalle del marco está en la guía sobre datos personales y habeas data en el trabajo de grado, y la clasificación del riesgo de tu proyecto, en la del aval del comité de ética.

Cinco situaciones reales

  • «El grupo ya tiene la encuesta aplicada, úsala.» Puedes, si el consentimiento lo permite y hay acuerdo escrito. Tu aporte entonces no es la recolección sino la pregunta y el análisis: declara con claridad que los datos son secundarios y de dónde vienen.
  • «Usa el cuestionario del proyecto, ya está validado.» Aquí sí hay obra ajena: necesitas autorización del autor del instrumento y debes citarlo. Si vas a modificarlo, la adaptación se documenta y se vuelve a validar. Cómo se hace ese procedimiento está en la guía sobre validez de contenido por juicio de expertos.
  • «Los datos los recogimos entre tres, cada uno hace su trabajo con una parte.» Funciona bien si desde el inicio se define qué pregunta responde cada uno. Lo que no funciona es que dos trabajos analicen la misma variable con el mismo enfoque: el segundo se parecerá al primero y el comité lo va a notar.
  • «El profesor quiere aparecer como autor de tu trabajo de grado.» El trabajo de grado es tuyo y lo firmas tú; el director figura como director. Distinto es un artículo derivado, donde el crédito se acuerda antes de escribir, no después de enviarlo.
  • «Me fui del semillero y me llevé la base.» Es el escenario que termina en conflicto. Si te retiras, deja por escrito qué te llevas y con qué autorización, y borra lo demás.

Página de agradecimientos y nota sobre el origen de los datos de un trabajo de grado, junto a formatos de consentimiento

Qué se escribe en el documento

Tres frases bien puestas cierran el asunto ante cualquier evaluador:

  1. En el capítulo metodológico, una nota de procedencia: de qué proyecto provienen los datos, quién los recolectó, en qué periodo y con qué autorización. Si son datos de un repositorio abierto, el trato es el mismo que con cualquier fuente secundaria: se cita el conjunto de datos, tal como se hace al trabajar con los microdatos del DANE.
  2. En las consideraciones éticas, el estado de la autorización de los titulares y el aval del comité, con número y fecha.
  3. En los agradecimientos o en una nota de financiación, el proyecto y la entidad que lo financió.

Y una advertencia que no sobra: recibir una base ya construida no exime de revisarla. Si la usas y contiene errores, el que responde ante el jurado eres tú. Depurar y verificar antes de analizar es parte de tu trabajo, y la frontera entre un error heredado y una falsificación de datos se define por lo que hiciste al detectarlo.

Preguntas frecuentes

¿Puedo publicar un artículo con los datos del grupo después de graduarme?

Solo si la autorización lo contempla. Es el punto que más se olvida al pedir permiso, porque en ese momento nadie está pensando en publicar. Pídelo desde el inicio: cuesta lo mismo y evita tener que negociar cuando el manuscrito ya está escrito.

Si yo recolecté los datos como monitor, ¿son míos?

Si hubo un contrato de servicios o de apoyo con un plan definido por el proyecto, la ley entiende que los derechos patrimoniales sobre lo producido se transfieren a quien encargó el trabajo, conservando tú el crédito como autor. Además, los datos en sí no son obra. Lo práctico es acordar por escrito el uso antes de empezar, no discutirlo después.

¿El semillero puede prohibirme usar los datos que yo mismo recogí?

Puede condicionar el uso si así se estipuló al iniciar el proyecto, que es justamente el supuesto del artículo 18 de la Ley 23 de 1982 sobre la obra en colaboración. Lo que no puede es negarte el crédito por lo que hiciste: los derechos morales son irrenunciables.

¿Y si el grupo no tiene ningún acuerdo escrito?

Entonces lo escribes tú. Un correo con los siete puntos de este artículo, respondido con un «de acuerdo», es suficiente para la inmensa mayoría de los casos y te protege a ti tanto como al grupo.

¿Cómo se relaciona esto con el repositorio institucional?

Al depositar tu trabajo firmas una autorización de publicación que tiene sus propias condiciones, y si hay datos restringidos hay que resolverlo antes de firmarla. Las opciones —incluido el embargo— están explicadas en la guía sobre derechos de autor y el repositorio.

Un correo hoy evita un conflicto en un año

Trabajar con los datos de un semillero es una ventaja real: te ahorra meses de recolección y te pone en un proyecto con trayectoria. Lo que convierte esa ventaja en un problema es dar por hecho lo que nadie escribió. Define el alcance por escrito antes de abrir la base, declara la procedencia en el documento y reconoce a quien corresponde. Si quieres avanzar en el capítulo metodológico dejando esa trazabilidad clara desde el primer borrador, puedes escribir tu trabajo de grado con Tesify.

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